De la hoja de ruta al documento de control
La hoja de ruta es el nombre tradicional del documento de control del transporte interior, hoy regulado por la Orden FOM/2861/2012. Su artículo 6 fija los datos: cargador contractual y transportista efectivo (con NIF), origen y destino, naturaleza y peso de la mercancía, fecha y matrícula (tractora y semirremolque). Debe conservarse al menos un año, y una carta de porte o eCMR vale como documento de control si contiene todos esos datos.
El salto a lo digital: el DeCA
La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible y la Resolución de 5 de junio de 2026 convierten el documento de control en obligatoriamente electrónico —el DeCA— desde el 5 de octubre de 2026. Lo contamos en detalle en la guía del DeCA.
Fuentes oficiales
- Orden FOM/2861/2012, documento de control en el transporte de mercancías, BOE-A-2013-154. www.boe.es
- Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, BOE-A-2025-24545. www.boe.es